Autoconsumo
Estudio
Instalación
Gestión de ayudas
Instalación de paneles solares
Líderes en Instalación de Paneles Solares
En nuestra empresa, somos pioneros en la instalación de paneles solares para hogares y negocios en España. Nuestra especialización se centra en la optimización de costes energéticos, promoviendo un uso energético más eficiente y sostenible.
¿Cómo Mejoramos la Eficiencia Energética?
Al mejorar la eficiencia energética, no solo logramos minimizar el consumo de energía de manera rápida y efectiva, sino que también reducimos considerablemente las emisiones de CO2. Este enfoque beneficia no solo a nuestros clientes desde un punto de vista económico, sino que también contribuye de manera significativa al cuidado del medio ambiente.
Planes Personalizados de Ahorro Energético
Nuestro equipo de Eficiencia Energética se dedica a desarrollar Planes Integrales de Ahorro Energético totalmente personalizados. Cada uno de estos planes está diseñado para satisfacer las necesidades específicas de nuestros clientes, maximizando la eficiencia y minimizando los costes operativos.
Servicio Integral 'Llave en Mano'
Ofrecemos un enfoque integral 'llave en mano' para la instalación de paneles solares, asegurando una implementación y gestión sin complicaciones. De esta manera, nuestros clientes pueden disfrutar sin preocupaciones de las ventajas de la energía renovable.
Compromiso con la Calidad y la Satisfacción
Cada instalación de paneles solares que llevamos a cabo es meticulosamente planificada y ejecutada con altos estándares de calidad, superando las expectativas de rendimiento energético de nuestros clientes. Con nosotros, la transición hacia la energía solar es simple, rentable y adaptada a tus necesidades.
Conseguimos AHORROS significativos en la potencia instalada y el consumo eléctrico de nuestros clientes así como en emisiones CO2.
Balance Energético Inicial
- Identificamos la CONTRATACIÓN INICIAL: Potencia Contratada (Kwi) y las tarifas contratadas para los términos de potencia y energía.
- Identificamos la CONDUCTA DE CONSUMO PREVIA, a través de CUPS de la instalación conocemos los REGISTROS de maxímetro y consumos de los últimos 12 meses y con ello conocemos cuando y como se consume.
- Con todo ello, determinamos previamente a nuestra intervención, el gasto derivado de la POTENCIA contratada, del CONSUMO de ENERGÍA y de los otros gastos: Eq.Medida, Imp.Eléctricos e IVA.
ESTUDIO
AHORRO
EFICIENCIA
Fotovoltaico Autoconsumo: Sistemas de Generación Solar Personalizados
Soluciones de Alta Eficiencia en Fotovoltaico Autoconsumo
En nuestra empresa, diseñamos e instalamos sistemas de generación eléctrica de origen fotovoltaico, específicamente orientados al fotovoltaico autoconsumo. Nuestra tecnología de punta asegura que cada cliente pueda maximizar el uso de la energía solar, convirtiéndola en una solución rentable para su consumo diario de electricidad.
Optimización y Personalización de Sistemas de Autoconsumo
El valor distintivo de nuestra oferta radica en nuestra habilidad para dimensionar a medida los sistemas de fotovoltaico autoconsumo. Aspiramos a que el nivel de autoconsumo supere el 90% de la capacidad de generación fotovoltaica de cada instalación. Esto implica que la mayor parte de la energía generada se utiliza in situ, minimizando la dependencia de la red eléctrica tradicional y reduciendo significativamente los excedentes de producción.
Beneficios Económicos y Sostenibilidad Ambiental
Al centrarnos en minimizar los excedentes de producción FV, evitamos la ineficiencia de generar energía no utilizada y maximizamos la rentabilidad de nuestras instalaciones. Esta estrategia no solo es económicamente ventajosa, sino también ambientalmente sostenible, reduciendo la huella de carbono de nuestras operaciones.
Durabilidad y Bajo Mantenimiento
Nuestros sistemas de autoconsumo fotovoltaico están diseñados para ser robustos y duraderos, requiriendo un mínimo mantenimiento. Esto garantiza una operación eficiente y continua, permitiendo a nuestros clientes disfrutar de los beneficios de la energía solar con el menor esfuerzo posible.
Inversión Inteligente hacia un Futuro Sostenible
Invertir en un sistema de fotovoltaico autoconsumo no solo es una decisión económica acertada, sino también un compromiso con una responsabilidad ambiental mayor. Al elegir nuestros sistemas, se alinea con una visión de futuro donde la energía renovable y la sostenibilidad son prioritarias.
El autoconsumo fotovoltaico es el mejor aliado para la reducción de sus costes y su independencia energética.
Puntos de Recarga Eléctrica: Soluciones Integrales para Vehículos Eléctricos
En el avance hacia una movilidad más sostenible, ofrecemos soluciones integrales en la instalación de puntos de recarga eléctrica para vehículos. Nuestros sistemas no solo facilitan una infraestructura adecuada sino que también aseguran una gestión eficiente y segura del proceso de carga.
Nuestros equipos de recarga inteligente están diseñados para optimizar la experiencia del usuario y la operatividad del gestor de flotas o del propietario del estacionamiento. Entre las características destacadas de nuestros sistemas, se incluyen:
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Control de Demanda: Esta función es esencial para garantizar que la recarga de los vehículos eléctricos no exceda la potencia contratada, evitando así cortes de suministro y penalizaciones por sobrecarga.
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Control de Acceso y Prepago: Implementamos sistemas de acceso mediante tarjetas RFID, que pueden ser gestionadas directamente por el propietario o el administrador del parking. Esto facilita un control efectivo y una operación de prepago cómoda, asegurando un servicio exclusivo para usuarios autorizados.
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Conectividad y Gestión Remota: Los equipos dotados de comunicación Ethernet o 3G permiten a los administradores supervisar y ajustar los parámetros eléctricos desde cualquier computadora. Esto contribuye a una gestión eficaz y a tiempo real, crucial para la optimización de recursos y la prevención de incidencias.
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Compatibilidad con Protocolos de Gestión: Ofrecemos la posibilidad de integrar diversos protocolos de gestión, tanto propios como de uso generalizado como el OCPP (Open Charge Point Protocol). Esto asegura una adaptabilidad y compatibilidad amplia con diferentes modelos de vehículos y sistemas de recarga.
Optar por nuestros puntos de recarga eléctrica no solo significa elegir tecnología de punta, sino también contribuir activamente al cuidado del medio ambiente mediante la promoción de energías limpias y renovables. Estamos comprometidos con ofrecer soluciones que no solo cumplan con las necesidades actuales de movilidad eléctrica, sino que también preparen el terreno para un futuro más verde.
Con un sistema inteligente podremos recargar vehículos eléctricos cuando dispongamos de suficiente potencia "ociosa" o en el momento que el coste de la electricidad sea más económico. Un sistema inteligente debe ser capaz de identificar el usuario (control RFID), la disponibilidad de carga, de discriminar los diversos puntos en un mismo aparcamiento (comunicaciones RS-485 / Ethernet / 3G), discriminar prioridades, recargar en modo lento, semi-rápido o rápido.
Inversores Solares de Alto Rendimiento: Clave para la Eficiencia Energética
El autoconsumo fotovoltaico es el mejor aliado para la reducción de sus costes y su independencia energética.
Últimas instalaciones de Paneles Solares Fotovoltáicos
Gestión y tramitación
Disponemos de un departamento especializado en la gestión y tramitación de las ayudas y/o subvenciones disponibles en cada momento. Tramitamos y/o gestionamos todas las ayudas disponibles tanto en el ámbito local, autonómico como el nacional.
Ayudas y Subvenciones para Paneles Solares: Impulsando el Autoconsumo Fotovoltaico en España
Introducción a las Ayudas y Subvenciones para Paneles Solares
El interés en las ayudas y subvenciones para paneles solares está en su punto más alto, ya que forman parte crucial del impulso hacia un modelo energético sostenible en España. Con el creciente enfoque en la sostenibilidad y la independencia energética, estas ayudas están diseñadas para hacer el autoconsumo fotovoltaico accesible a más hogares y empresas en todo el país.
Marco Legislativo y Eliminación del Impuesto al Sol
El cambio legislativo reciente en España ha sido un catalizador para el aumento del autoconsumo fotovoltaico. La eliminación del "impuesto al sol" y la simplificación de las trabas administrativas han hecho que el proceso de instalar paneles solares sea mucho más sencillo y económico. Estos cambios legislativos han abierto la puerta a una nueva era para los autoproductores, permitiéndoles generar su propia energía de manera eficiente y económicamente viable.
Iniciativas Regionales y Apoyo Municipal
A nivel regional, las ayudas y subvenciones para paneles solares varían significativamente, con muchas comunidades autónomas ofreciendo incentivos atractivos para fomentar la adopción de energías renovables. Estas ayudas pueden incluir subvenciones directas, reducciones de impuestos o rebajas en tasas administrativas. Además, numerosos municipios están apoyando esta transición ofreciendo bonificaciones en impuestos como el IBI y el ICIO, lo que reduce aún más los costos iniciales para los propietarios e incentiva la inversión en tecnología solar.
Destacando la Comunitat Valenciana
Un ejemplo destacado es la Comunitat Valenciana, donde desde enero de 2022, los contribuyentes pueden beneficiarse de deducciones fiscales de hasta un 40% por la instalación de paneles solares en sus residencias habituales o en instalaciones colectivas. Este tipo de incentivos muestra un compromiso serio por parte de las autoridades locales para apoyar la energía limpia y sostenible, proporcionando no solo beneficios económicos sino también ambientales.
Conclusión: La Importancia de las Ayudas y Subvenciones para Paneles Solares
Las ayudas y subvenciones para paneles solares son fundamentales para la expansión del autoconsumo fotovoltaico en España. Estas iniciativas no solo facilitan la transición energética hacia fuentes más limpias y sostenibles, sino que también ofrecen beneficios económicos significativos a largo plazo para los usuarios finales. Al invertir en paneles solares, los ciudadanos y empresas no solo mejoran su eficiencia energética sino que también contribuyen activamente al bienestar del planeta.
¿Interesado en Paneles Solares? Contacta con Nosotros
En Marina Solar estamos dedicados a guiarte a través del proceso de solicitud y aprovechamiento de estas ayudas y subvenciones para paneles solares. Si estás listo para dar el paso hacia la independencia energética y quieres saber más sobre cómo puedes beneficiarte de estas oportunidades, no dudes en contactarnos para asesoramiento experto y detallado.
SUBVENCIONES PARA AUTOCONSUMO DE LOS FONDOS EUROPEOS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
Las cuantías de las subvenciones dependerán del tipo de instalación que se realice, pero a groso modo la cuantía de las subvenciones al autoconsumo en la Comunidad Valenciana para esta convocatoria de los fondos europeos son:
Subvenciones al autoconsumo y para almacenamiento para Particulares en la Comunidad Valenciana:
Autoconsumo
- 600€/kWp en instalaciones menores o iguales de 10 kWp.
- o 450€/kWp en instalaciones >10 kWp y menor o igual a 100 kWp.
- o Se aumenta +55€/kWp instalaciones en municipios <5.000 habitantes
Baterías:
- 490€/kWh en potencia de baterías menor o igual a 10 kWh
- 350€/kWh en instalaciones > 10 kWh y menor o igual a 100 kWh.
- Se aumenta +15€/kWh instalaciones en municipios <5.000 habitantes.
Subvenciones al autoconsumo y para almacenamiento para Empresas de la Comunidad Valenciana:
Autoconsumo:
- Gran empresa: 15% del coste subvencionable
- Mediana empresa: 25% del coste subvencionable
- Pequeña empresa: 35% del coste subvencionable
Baterías:
- Gran empresa: 45% del coste subvencionable
- Mediana empresa: 55% del coste subvencionable
- Pequeña empresa: 65% del coste subvencionable
Para acceder a estas deducciones, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Que sea una vivienda habitual, tal como indica la normativa estatal reguladora del IRPF, de la que sean propietarios los propios contribuyentes que solicitan la deducción.
- Para instalaciones compartidas con cobertura legal, en conjuntos de viviendas en régimen de propiedad horizontal, la deducción podrá aplicarse a cada propietario individualmente, según el coeficiente de participación que le corresponda y cumpliendo los requisitos.
- Para que puedas deducir, necesitas el reconocimiento previo de la Administración autonómica competente. En este caso, se trata del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), encargado de expedir la certificación acreditativa correspondiente.
- Finalmente, las instalaciones deben ser realizadas por una empresa instaladora que cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.
Podrás deducirte un 40% de lo que inviertas en las instalaciones de tu vivienda habitual.
También podrás deducirte un 20% si instalas paneles solares en tu segunda residencia, siempre que no esté vinculada con alguna actividad económica.
No obstante, esta deducción tiene una base máxima anual de 8.000 euros. Y en caso de que cuentes con alguna subvención pública para tu instalación fotovoltaica, la cantidad subvencionada no dará derecho a deducción.
Importante, este límite se aplica por vivienda y ejercicio para el conjunto de contribuyentes que habitan una misma vivienda.
Y en el caso de que pidas financiación a un banco, se considerará como parte de la deducción la amortización de capital de cada ejercicio. Lo que no podrás incluir son los intereses que te cobra el banco.
Cuando tengas hecha la inversión, en cualquier momento del año podrás solicitar la certificación acreditativa.
En GRUPO BAUGA, se lo solicitamos.
Además de la solicitud, debes aportar documentación común a todos los solicitantes, así como otra específica según la tipología de la instalación.
Para toda persona solicitante
- Facturas de la instalación, referidas a la persona solicitante.
- Justificantes de pago (por tarjeta, transferencia, cheque o ingreso), referidos a la persona solicitante.
- Fotografías de la instalación y de cada elemento que la compone.
- Ficha catastral del inmueble, bien a través de la Sede Electrónica del Catastro o aportando la referencia catastral.
- Cédula de habitabilidad, certificado municipal o equivalente para viviendas construidas sobre suelo no urbano (tanto urbanizable como no urbanizable).
- Para instalaciones colectivas, declaración del administrador o del presidente con la lista de los propietarios que han participado en la inversión y su porcentaje de participación.
- Para edificaciones posteriores al 2006, copia de la solicitud de licencia de obras de la edificación o cualquier otro documento que acredite la fecha de construcción de la edificación o que la misma se encuentra fuera del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE).
Para cada tipología de instalación
Para instalaciones de autoconsumo eléctrico.
- Certificado de la instalación individual, emitido por la administración
autonómica.
- Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales.
En GRUPO BAUGA le gestionamos la legalización correspondiente.
Instalaciones de producción de energía eléctrica aisladas de la red.
- Certificado de la instalación individual
- Acreditación de la inviabilidad de conexión a la red eléctrica, a partir la notificación de la compañía eléctrica distribuidora donde se establezcan las condiciones para la conexión del suministro.
- Ficha técnica características del fabricante de los equipos principales.
DEDUCCIONES EN EL IRPF POR INSTALAR PLACAS SOLARES EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
Todas aquellas instalaciones de autoconsumo realizadas en tu vivienda habitual o instalaciones colectivas del edificio donde residas.
Las instalaciones fotovoltaicas no podrán estar vinculadas con el ejercicio de una actividad económica. Ni tampoco podrán acceder aquellas instalaciones que sean de carácter obligatorio.
Concretamente, los fines a los que se deben destinar las instalaciones para que puedan acceder a las deducciones, son:
- 1.Instalaciones de autoconsumo eléctrico (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
- 2.Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
- 3.Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica. Esto, siempre que la conexión a la red sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.
Cualquier contribuyente que instale autoconsumo o aprovechamiento de energías renovables en su vivienda habitual de la Comunitat Valenciana, y que cumpla con los requisitos establecidos.
Para acceder a estas deducciones, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Que sea una vivienda habitual, tal como indica la normativa estatal reguladora del IRPF, de la que sean propietarios los propios contribuyentes que solicitan la deducción.
- Para instalaciones compartidas con cobertura legal, en conjuntos de viviendas en régimen de propiedad horizontal, la deducción podrá aplicarse a cada propietario individualmente, según el coeficiente de participación que le corresponda y cumpliendo los requisitos.
- Para que puedas deducir, necesitas el reconocimiento previo de la Administración autonómica competente. En este caso, se trata del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), encargado de expedir la certificación acreditativa correspondiente.
- Finalmente, las instalaciones deben ser realizadas por una empresa instaladora que cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.
Podrás deducirte un 40% de lo que inviertas en las instalaciones de tu vivienda habitual.
También podrás deducirte un 20% si instalas paneles solares en tu segunda residencia, siempre que no esté vinculada con alguna actividad económica.
No obstante, esta deducción tiene una base máxima anual de 8.000 euros. Y en caso de que cuentes con alguna subvención pública para tu instalación fotovoltaica, la cantidad subvencionada no dará derecho a deducción.
Importante, este límite se aplica por vivienda y ejercicio para el conjunto de contribuyentes que habitan una misma vivienda.
Y en el caso de que pidas financiación a un banco, se considerará como parte de la deducción la amortización de capital de cada ejercicio. Lo que no podrás incluir son los intereses que te cobra el banco.
Cuando tengas hecha la inversión, en cualquier momento del año podrás solicitar la certificación acreditativa.
En GRUPO BAUGA, se lo solicitamos.
Además de la solicitud, debes aportar documentación común a todos los solicitantes, así como otra específica según la tipología de la instalación.
Para toda persona solicitante
- Facturas de la instalación, referidas a la persona solicitante.
- Justificantes de pago (por tarjeta, transferencia, cheque o ingreso), referidos a la persona solicitante.
- Fotografías de la instalación y de cada elemento que la compone.
- Ficha catastral del inmueble, bien a través de la Sede Electrónica del Catastro o aportando la referencia catastral.
- Cédula de habitabilidad, certificado municipal o equivalente para viviendas construidas sobre suelo no urbano (tanto urbanizable como no urbanizable).
- Para instalaciones colectivas, declaración del administrador o del presidente con la lista de los propietarios que han participado en la inversión y su porcentaje de participación.
- Para edificaciones posteriores al 2006, copia de la solicitud de licencia de obras de la edificación o cualquier otro documento que acredite la fecha de construcción de la edificación o que la misma se encuentra fuera del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE).
Para cada tipología de instalación
Para instalaciones de autoconsumo eléctrico.
- Certificado de la instalación individual, emitido por la administración
autonómica.
- Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales.
En GRUPO BAUGA le gestionamos la legalización correspondiente.
Instalaciones de producción de energía eléctrica aisladas de la red.
- Certificado de la instalación individual
- Acreditación de la inviabilidad de conexión a la red eléctrica, a partir la notificación de la compañía eléctrica distribuidora donde se establezcan las condiciones para la conexión del suministro.
- Ficha técnica características del fabricante de los equipos principales.
BONIFICACIONES DE IBI POR INSTALACIÓN DE PLACAS SOLARES 2022
El Real Decreto Legislativo 2/2004 es la normativa que habilita a los ayuntamientos a poder exigir, entre otros, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Este impuesto es de carácter obligatorio y se paga anualmente, dependiendo tanto la cuantía como el periodo para pagar, de lo que establezca cada municipio. Su valor es el producto entre el valor catastral del inmueble y su tipo impositivo (que suele estás entre el 0,4 % y el 1,3 %).
En relación al autoconsumo fotovoltaico, esta normativa también posibilita que los ayuntamientos puedan bonificar a quienes instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, pudiendo llegar estas bonificaciones hasta el 50 % de la cuota íntegra del IBI.
Al igual que el porcentaje de reducción, también la duración de las ayudas cambia dependiendo del municipio. La media suele rondar entre 3 y 5 años.
También podemos encontrar en algunos municipios que incorporan bonificaciones en Construcciones y Obras (ICIO). Ahora les explicamos que es el ICIO.
El ICIO es un impuesto local que tiene carácter voluntario y potestativo, es indirecto, objetivo y no periódico. Como su nombre indica, se debe pagar cuando se realiza una construcción, instalación u obra, para la cual se exija presentar comunicación previa u obtener licencia de obras o urbanística y su aprobación corresponda al ayuntamiento. Este impuesto debe ser pagado por el o los sujetos propietarios de la construcción, instalación u obra, sean o no propietarios del inmueble en el que se realizan dichas construcciones, instalaciones y obras.
El ayuntamiento de cada municipio determina la regulación del tributo, el período de pago y la cuota tributaria de este sin que pueda ser superior al 4%. El ICIO se aplica sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra sin tener en cuenta otro tipo de impuestos o cualquier otro concepto que no integre el coste de ejecución material. Se paga al comenzar el proceso de solicitud de licencias de construcción, instalación u obra. La Administración determinará una liquidación provisional y, una vez finalizada la obra, se realizará la liquidación definitiva, que es en la que se basará la base imponible del ICIO. En todo caso, dicho impuesto puede ser exigido por el ayuntamiento en régimen de autoliquidación, quedando la liquidación provisional sustituida.
Dado que son los ayuntamientos los encargados de gestionar el IBI y, por tanto, de establecer si incluyen bonificaciones, las cuantías, los periodos de pago y el tipo impositivo, nos encontramos con importantes diferencias entre unos municipios y otros, no solo en los porcentajes y tiempo de duración de las bonificaciones, sino también en los requisitos que se exigen para poder acceder a ellas. Y esto es muy importante, porque de poco servirá que nuestro municipio oferte las bonificaciones del IBI, si después se limita el acceso a la población que puede disfrutarlas.
En el informe “Incentivos fiscales para instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en municipios con más de 10.000 habitantes”, publicado por la Fundación Renovables, se analizan las condiciones que deben cumplir quienes quieren acceder a estas bonificaciones en los diferentes municipios. Así, podemos encontrar diferentes niveles de exigencias que ejemplificamos a través de las siguientes tablas.
- Requisitos muy restrictivos: limitaciones de potencia mínima instalada de igual o más de 4 kWp/100m2, potencia mínima instalada sujeta a una superficie construida, sistemas aislados o sin conexión a red, etc. En estos casos las condiciones aplicables dificultan mucho acceder a la bonificación por parte de una mayoría de la población.
- Requisitos restrictivos: que el suministro procedente de la instalación sea de un 50% o 60% de la energía total, tomar como referencia la renta familiar o propiedades, que se refieran al valor catastral del inmueble o a la base liquidable, que el límite de potencia mínima instalada se encuentre entre 1,5kWp y 2 kWp o establecer unos límites en la inversión mínima para la instalación. En este caso, estas condiciones tienen su dificultad, pero a diferencia de las anteriores permiten una mayor accesibilidad.
- Requisitos asequibles: Establecer la limitación del mínimo de potencia instalada hasta 1,5kWp (la mayoría de instalaciones de autoconsumo sobrepasan ese valor); Un mínimo de energía suministrada por el sistema hasta el 40%; limitaciones del valor total de la bonificación. Estas condiciones no tienen por qué suponer grandes dificultades, por lo que facilitan un mayor acceso a la bonificación por parte de la población.
Así que si quieres optar a la bonificación del IBI, no te olvides consultar las condiciones o requisitos que tu ayuntamiento establece para que puedas acceder a la misma, y en caso de duda consulta con GRUPO BAUGA que estaremos encantados de poder asesorarte en todo el proceso.
Lo primero que debemos saber es que, generalmente, la bonificación tiene un carácter rogado, es decir, que no se aplica de manera directa a todos los inmuebles que tengan instalados estos sistemas, sino que hay que solicitarla.
Si, como decíamos, son los ayuntamientos los encargados de gestionar este procedimiento, nos podemos encontrar con diferentes formas de solicitar la bonificación. No obstante, recogemos las maneras que suelen ofertar los Ayuntamientos para solicitar la bonificación:
- Vía electrónica, a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento. La mayoría de las veces te van a requerir un acceso identificado, ya sea mediante Certificado digital, DNI electrónico o Clave segura de usuario.
- Vía registro, pudiendo formular la solicitud acompañada de la documentación requerida en cualquier registro (Ayuntamiento, Subdelegación del Gobierno, Registro Civil, Oficina de Correos, etc.).
- Vía presencial, aplicable solo a las personas físicas, solicitando cita previa, generalmente en las Oficinas de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento.
También en la documentación que debemos acompañar junto con la solicitud de bonificación del IBI nos encontramos con importantes diferencias entre unos ayuntamientos y otros. No obstante, recopilamos a continuación algunos de los documentos que pueden requerir:
- La licencia urbanística de la instalación fotovoltaica. Esto es muy importante, porque sin esta no podremos solicitar la reducción del IBI.
- Fotocopia del recibo del IBI o copia de la resolución catastral del alta del inmueble.
- Copia compulsada de las facturas detalladas de la instalación que acrediten lo que ha costado.
- Justificante de haber pagado el Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).